{"id":18391,"date":"2025-04-08T20:17:03","date_gmt":"2025-04-09T00:17:03","guid":{"rendered":"https:\/\/guayoyo24.com\/website\/?p=18391"},"modified":"2025-04-08T20:17:03","modified_gmt":"2025-04-09T00:17:03","slug":"maduro-firma-decreto-de-emergencia-economica","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/guayoyo24.com\/website\/2025\/04\/08\/maduro-firma-decreto-de-emergencia-economica\/","title":{"rendered":"Maduro firma decreto de emergencia econ\u00f3mica"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\">El presidente de la Rep\u00fablica, Nicol\u00e1s Maduro, firm\u00f3 este martes el decreto de emergencia econ\u00f3mica en el pa\u00eds ante las circunstancias internacionales y el impacto de la guerra comercial econ\u00f3mica contra el mundo y contra Venezuela.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u00abYo apelo a las facultades constitucionales que me da el decreto de emergencia econ\u00f3mica para proteger integralmente todos los sectores productivos y garantizar equilibrio, armon\u00eda, capacidad, resistencia y recuperaci\u00f3n frente a las circunstancias que se presentan en el mundo. Procedo hoy 8 de abril a firmar, el decreto de emergencia econ\u00f3mica que me faculta por dos meses a obrar, actuar y accionar distintas modalidades de pol\u00edticas p\u00fablicas para defender la econom\u00eda nacional, protegerla y avanzar\u00bb, expres\u00f3.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Desde el Poliedro de Caracas, durante la activaci\u00f3n del Motor Telecomunicaciones y Nuevas Tecnolog\u00edas, el jefe de Estado instruy\u00f3 a la vicepresidenta ejecutiva de la Rep\u00fablica, Delcy Rodr\u00edguez entregar de inmediato a la Asamblea Nacional y a la sala constitucional, como manda la Constituci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u00abEstoy apoy\u00e1ndome al igual que en el 2016 y los a\u00f1os posteriores hasta el 2021 en los art\u00edculos 337, 338, 339 de la Carta Magna\u00bb, a\u00f1adi\u00f3.<\/p>\n<h2 class=\"wp-block-heading\" style=\"text-align: justify;\">El siguiente decreto dice:<\/h2>\n<p style=\"text-align: justify;\">Considerando que en la actualidad el mundo enfrenta una guerra comercial in\u00e9dita y sin precedentes, ocasionada por la pol\u00edtica arancelaria del gobierno de los Estados Unidos, en clara violaci\u00f3n del sistema internacional y las normas de comercio, que genera un gran riesgo de recesi\u00f3n mundial con el correspondiente desplome de la econom\u00eda mundial.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Considerando que la guerra en curso se suma a recientes acciones y amenazas de agresi\u00f3n econ\u00f3mica contra Venezuela.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Considerando que es deber del Ejecutivo nacional adoptar todas las medidas a su alcance para garantizar el desarrollo arm\u00f3nico de la econom\u00eda nacional y proteger a la poblaci\u00f3n y a todos los sectores productivos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Considerando que ante la inminente recesi\u00f3n mundial y la agresi\u00f3n multiforme contra Venezuela con la consecuente afectaci\u00f3n de la Rep\u00fablica, se requiere adoptar y asumir medidas urgentes y de car\u00e1cter extraordinario.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Considerando que las medidas a ser tomadas para proteger al pueblo frente a las amenazas existentes deben ser de gran magnitud e impacto en la econom\u00eda nacional y de car\u00e1cter estructural a los fines de resguardar los derechos econ\u00f3micos, sociales, culturales y educativos del pueblo venezolano, haciendo todos los esfuerzos que pueda disponer el Ejecutivo nacional para enfrentar la agresi\u00f3n multiforme en desarrollo.<\/p>\n<h2 class=\"wp-block-heading\" style=\"text-align: justify;\">Decreta:<\/h2>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 1<\/strong>, se declara el estado de emergencia econ\u00f3mica en todo en todo el territorio nacional en raz\u00f3n de las circunstancias extraordinarias que afectan gravemente la econom\u00eda del pa\u00eds, de la regi\u00f3n y del mundo. a los fines de que el Ejecutivo nacional adute adopte las regulaciones y medidas urgentes excepcionales y necesarias para preservar el equilibrio econ\u00f3mico de la naci\u00f3n y garantizar a la a la poblaci\u00f3n el pleno disfrute de sus derechos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 2<\/strong>, como consecuencia de la declaratoria del estado de emergencia econ\u00f3mica. El presidente de la Rep\u00fablica podr\u00e1 dictar todas las medidas que considere necesarias para garantizar el desarrollo y el crecimiento econ\u00f3mico. Incluyendo la siguiente:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Uno<\/strong>, dictar regulaciones excepcionales y transitorias que resulten necesarias para restablecer los equilibrios econ\u00f3micos y proteger los derechos de la poblaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Dos<\/strong>, suspender con car\u00e1cter general la aplicaci\u00f3n y cobro de tributos nacionales, estatales y municipales, as\u00ed como de los tr\u00e1mites administrativos relacionados a fin de proteger el aparato objetivo nacional.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Tres<\/strong>, concentrar en el tesoro nacional la recaudaci\u00f3n de las tasas y contribuciones especiales creadas por leyes y redireccionar los recursos disponibles de todos los fondos existentes a partir de hoy.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Cuatro<\/strong>, establecer mecanismos extraordinarios para combatir la evasi\u00f3n y elusi\u00f3n fiscal.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Cinco<\/strong>, suspender la aplicaci\u00f3n de secciones de tributos nacionales y proceder a su recaudaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Seis<\/strong>, establecer mecanismos y porcentaje de compra obligatoria de la producci\u00f3n nacional para favorecer la sustituci\u00f3n de importaciones, \u00abmuy importante la l\u00ednea de sustituir todas las importaciones, ministro, todas las importaciones, todas y proceder a los mecanismos para garantizar la compra de la producci\u00f3n nacional de todos los bienes y productos priorizados en este decreto\u00bb, a\u00f1adi\u00f3 el presidente Maduro.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Siete<\/strong>, adoptar todas las medidas necesarias para estimular la inversi\u00f3n nacional e internacional. En beneficio del desarrollo del aparato productivo, as\u00ed como las exportaciones de rubros no tradicionales como mecanismos para la generaci\u00f3n de nuevas fuentes de empleo, divisas e ingreso. \u00abEs muy importante abrir las compuertas a nuevas fuentes de inversi\u00f3n. Aquellos venezolanos o inversionistas internacionales que quieran traer sus recursos a Venezuela ser\u00e1n tratados de manera especial para que vengan a traerlos y circulen en el aparato productivo en la econom\u00eda nacional y sirvan como fuente poderosa de estabilidad e inversi\u00f3n para el crecimiento de los pr\u00f3ximos meses y a\u00f1os\u00bb, dijo Maduro.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u00abAs\u00ed que ejecuten con la mayor amplitud y protecci\u00f3n a los capitales nacionales e internacionales, dado que Esta propuesta, muchos venezolanos que se est\u00e1n regresando de Estados Unidos, son bastantes, que tienen su churupito y est\u00e1n planificando su regreso, triunfar en el pa\u00eds, bienvenidos con sus capitales, con su emprendimiento y con el trabajo directo al pa\u00eds\u00bb, agreg\u00f3 el mandatario nacional.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Ocho<\/strong>, autorizar las contrataciones que fuesen necesarias para garantizar a la poblaci\u00f3n el restablecimiento de sus derechos fundamentales.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Nueve<\/strong>, autorizar erogaciones con cargo al Tesoro Nacional y otras fuentes de financiamiento que no est\u00e9n previstas en el presupuesto anual. \u00abEsto fue muy importante en los a\u00f1os 16, 17, 18. As\u00ed pudimos garantizar, por ejemplo, el crecimiento y el desarrollo del programa de los CLAP, que fue vital en la estabilidad del pa\u00eds y en el crecimiento del sector agr\u00edcola y agroindustrial.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Diez<\/strong>, dictar las normas que excepcionalmente y sin sometimiento alguno a otro poder p\u00fablico, autoricen las operaciones de cr\u00e9dito p\u00fablico, sus reprogramaciones y complementos que no est\u00e9n previstas en la Ley Especial de endeudamiento, as\u00ed como las que permiten ampliar los montos m\u00e1ximos de endeudamiento que pueda contraer la Rep\u00fablica.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 3<\/strong>, sin menos cabo de lo se\u00f1alado en el art\u00edculo anterior, se suspende por el periodo que dure la emergencia econ\u00f3mica, la garant\u00eda constitucional de la reserva legal en materia econ\u00f3mica, financiera y monetaria.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 4<\/strong>, el presidente de la Rep\u00fablica podr\u00e1 dictar otras medidas de orden social, econ\u00f3mico o pol\u00edtico que estime conveniente en la circunstancia para la estabilidad econ\u00f3mica y social del pa\u00eds frente a la situaci\u00f3n mundial.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 5<\/strong>, los poderes p\u00fablicos, los \u00f3rganos de seguridad ciudadana, la polic\u00eda administrativa, as\u00ed como la Fuerza Armada Nacional Bolivariana est\u00e1n obligados a colaborar con el cabal cumplimiento de las medidas que refiere este decreto.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 6<\/strong>, este decreto tendr\u00e1 una duraci\u00f3n de 60 d\u00edas contado a partir de su publicaci\u00f3n en la Gaceta Oficial de Venezuela prorrogable por 60 d\u00edas de acuerdo al procedimiento constitucional.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 7<\/strong>, este decreto se remitir\u00e1 a la sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia a los fines de que se pronuncie sobre la constitucionalidad dentro de los pr\u00f3ximos 8 d\u00edas de acuerdo a la Ley Org\u00e1nica sobre Estados de excepci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 8<\/strong>, este decreto entrar\u00e1 en vigencia a partir de su publicaci\u00f3n en la Gaceta Oficial de la Rep\u00fablica Bolivariana de Venezuela, dado en Caracas a los 8 d\u00edas del mes de abril de 2025, a\u00f1o 214 de la Independencia, 166 de la Federaci\u00f3n y 26 de la Revoluci\u00f3n Bolivariana Nicol\u00e1s Maduro Moros presidente de la Rep\u00fablica.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u00abPubl\u00edquese, expl\u00edquese, conv\u00e9rsese y c\u00famplase por el bien de todos de todas por todos y por todas\u00bb. Tenemos los instrumentos.\u00bb, concluy\u00f3 el presidente Maduro.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El presidente de la Rep\u00fablica, Nicol\u00e1s Maduro, firm\u00f3 este martes el decreto de emergencia econ\u00f3mica en el pa\u00eds ante las circunstancias internacionales y el impacto de la guerra comercial econ\u00f3mica contra el mundo y contra Venezuela. \u00abYo apelo a las facultades constitucionales que me da el decreto de emergencia econ\u00f3mica para proteger integralmente todos los &hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":18392,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_eb_attr":"","_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":""},"categories":[25],"tags":[],"class_list":["post-18391","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-region"],"jetpack_sharing_enabled":true,"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/guayoyo24.com\/website\/wp-content\/uploads\/2025\/04\/WhatsApp-Image-2025-04-08-at-7.57.08-PM-1068x800-1.jpeg","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/guayoyo24.com\/website\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/18391","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/guayoyo24.com\/website\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/guayoyo24.com\/website\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/guayoyo24.com\/website\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/guayoyo24.com\/website\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=18391"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/guayoyo24.com\/website\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/18391\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":18393,"href":"https:\/\/guayoyo24.com\/website\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/18391\/revisions\/18393"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/guayoyo24.com\/website\/wp-json\/wp\/v2\/media\/18392"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/guayoyo24.com\/website\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=18391"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/guayoyo24.com\/website\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=18391"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/guayoyo24.com\/website\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=18391"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}